A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Gonzalez Beltran Joaquin Y Otro·Demandado Empresa De Servicios Publicos Interconexion Electrica Sa Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con un contrato en el que sea parte una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey y el Juzgado 6 Administrativo Oral de Valledupar.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda presentada por dos ciudadanos en contra de la Empresa Pública Interconexión Eléctrica S.A.
E.S.P., con el fin de buscar la reliquidación del contrato de servidumbre correspondiente al paso de líneas de conducción de energía eléctrica y de telecomunicaciones.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 956/21 y estableció que el referido asunto es del conocimiento de la Jurisdicción Ordinaria, en tanto no se trata de una competencia asignada en general a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo (Ley 142 de 1994) ni se trata de un contrato sujeto al derecho administrativo, pues su conocimiento está regulado por las normas propias del derecho civil.
Con base en lo anterior se ordena el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la demanda y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey y el Juzgado 6 Administrativo Oral de Valledupar, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por Joaquín González Beltrán y Evangelina Esther Páez Orozco en contra de la Empresa Pública Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., le corresponde tramitarla al Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1663 al Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al Juzgado 6Administrativo Oral de Valledupar y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.